De la revisión efectuada a las actas procesales, se observa que el ciudadano LUIS FELIPE CASA NAUJENIS, antes identificado, demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO a la Sociedad Civil BARRETO & AZPURUA, igualmente identificada, fundamentándose en un Contrato de Arrendamiento por tiempo determinado, autenticado ante la Notaría Pública Octava de Maracaibo del Estado Zulia, en fecha once (11) de mayo de 2006, anotado bajo el N° 08, Tomo 77 de los Libros de Autenticaciones, referente a un inmueble constituido por dos (02) oficinas distinguidas con los números 9-1 y 9-2 del piso 9, ubicadas en la Torre Empresarial Claret, situada en la Avenida 3E, entre las Calles 78 y 79 de la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, siendo admitida en fecha diez (10) de febrero de 2009, ordenándose la citación de la demandada en la persona del ciudadano ENRIQUE AZPURUA SUELS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 6.819.428, domiciliado en la ciudad de Caracas, Distrito C.....