JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, artículo 615 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal penal, por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la causa seguida en contra del hoy joven adulto NOMBRE OMITIDO, venezolano, nacido en Maracaibo, en fecha, titular de la cédula de identidad N°, de 17 años de edad para la fecha del hecho punible, no estudia, trabaja por su cuenta, hijo de, residenciado en el; por la presunta comisión del delito de ROBO EN LA FIGURA DE ARREBATON, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 456, en concordancia con el artículo 455 y 83 todos del Código Penal, cometido en perjuicio de NOMBRE OMITIDO; de a.....