DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación de autos interpuesto por el profesional del derecho RICARDO MORENO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 77.139, actuando con el carácter de defensor del ciudadano RICHARD JOSÉ SULBARAN LIZARDO. SEGUNDO: se CONFIRMA la decisión N° 147-15, dictada en fecha 28 de febrero de 2015, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual el referido tribunal decretó la medida cautelar de privación judicial preventiva de libertad al imputado de auto plenamente identificado, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el numeral 1 del artículo 406 del Código Penal, en perjuicio de quien e.....