PARTE DISPOSITIVA:
En merito de las consideraciones anteriormente expuestas este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por los apoderados judiciales del ciudadano CARLOS SAÚL VILLALOBOS VILCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.883.940, domiciliado en la ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del estado Zulia, Abogados en ejercicio BELKY GIL ALDANA y HUGO RODRÍGUEZ VERA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 24.159 y 9.243, respectivamente, establecida en el ordinal 8° del articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la existencia de una cuestión prejudicial que deba resolverse en un proceso distinto, en el juicio que por DECLARACIÓN DE CONCUBINATO, sigue el ciudadano ABDRIN JOSÉ PÉREZ OVIEDO, en cont.....