Con mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA y declara con lugar la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad de manera Temporal, solicitada por el ciudadano Abg. Ramon Carpio, en su carácter de Defensor Publico Séptimo Penal representante legal de la acusada MAIROBIS DEL VALLE TINEO GIL, De Nacionalidad Venezolano, Natural de Porlamar, estado Nueva Esparta, nacida en fecha 16-02-1993, De 18 Años de Edad, Estado Civil soltero, titular de la cédula de identidad N° V-24.107.182, de Profesión U Oficio del hogar, Residenciado en la casa N° 9-21, calle San Nicolás, Porlamar, estado Nueva Esparta, consistente en Reposo Domiciliario contemplada en el articulo 256 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación a los artículos .....