DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación interpuestos tanto por los ciudadanos abogados FREDDY URBINA y JESUS E. RIVAS, actuando en representación de la ciudadana LILIBETH DEL VALLE ORTEGA, así como el recurso interpuesto por el Abg. LIDUVIS GONZÁLEZ LUZARDO, en su carácter de Fiscal Auxiliar 19° del Ministerio Público, Extensión Cabimas, SEGUNDO: CONFIRMA la decisión signada bajo el N° 3C-002-2006, dictada en fecha 26-01-06, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas.