este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara a la ciudadana IRIS ISABEL FERRER DE BRACHO, venezolana, mayor de edad, portadora de la Cédula de Identidad N° 2.870.463 en su condición de cónyuge y a los ciudadanos AMADO AUGUSTO BRACHO FERRER y ADAIZ CAROLA BRACHO FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° 9.703.028 y 6.749.102 respectivamente en su condición de hijos como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano ADAULFO ANTONIO BRACHO BARRIOS, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° 1.669.126, fallecido abintestato en la Clínica Falcón, de la Parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo, el día 02 de Noviembre de 2008, según acta de defunción N° 183. Se dejan a salvo l.....