Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha veintisiete (27) de noviembre de 2012, por los ciudadanos: JOSE ABEL BRACAMONTE LANDINO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.261.626, domiciliado en el Municipio Baralt del Estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio LEANDRY TORO BONIVE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 140.672; y la parte demandada, ciudadana MERYS MARIA CARDOZO VILORIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.252.640, domiciliada en el Municipio Baralt del Estado Zulia, asistida por la Abogada en Ejercicio YENNY LINARES CONTRERAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98.....