1°) PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el marco de la MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA PRODUCCIÓN AGROALIMENTARIA, que sigue el defensor público primero agrario, abogado Juan Carlos Escalona Morales, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 100.472, actuando en defensa de los derechos e intereses del ciudadano Eudo Jesús Fuenmayor Hernández, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad número 11.718.512, domiciliado en el municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, en contra de los ciudadanos Eudo Enrique Fuenmayor Taborda, Agustin Jesús Fuenmayor Taborda, Eudo Enrique Fuenmayor Hernández, María Alejandra Fuenmayor Hernández, Judith Victoria Fuenmayor, María Salome Fuenmayor Hernández y Lilia del Carmen Barroso Paz, venezolanos, mayores de edad, identificados con las cédulas de identidad números 3.465.696, 3.276.779, 7.935.971, 13.819.668, 7.937.914, 7.935.972 y.....