a) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de REVISION POR AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana MARISELA BALETA GONZALEZ, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-10.442.921, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano ELIEZER DAVID AUVERT, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-11.289.550, y de igual domicilio, en beneficio de los adolescentes y niño RAY KLEVER, ERICK JOSUHE, MARYKELLY CAROLA, KENNY ROGER y ANGEL DAVID AUVERT BALETA, de diecisiete (17) años, dieciséis (16) años, catorce (14) años, doce (12) y diez (10) años de edad respectivamente. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo al Salario Mínimo Nacional actual, y a las necesidades de los adolescentes autos; fija como pensión de obligación de manutención la cantidad mensual equivalente al 64,59 % del Salar.....