Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: AUTORIZAR AL CIUDADANO WILLIAN ENRIQUE CHAVEZ ROO, titular de la cedula de identidad No. V-7.715.707, A CONDUCIR por todo el territorio nacional el vehículo con las siguientes características, Marca Chevrolet, Modelo C-10, Clase Camión, Tipo 350, Serial de Carrocería TSU149A512338, Color Azul, Serial de Motor 1F9161861, Año 1980, Uso Carga, Placas GBN-270, el cual fue entregado en fecha previa en calidad de Deposito al JOSE ANTONIO VILLALOBOS BRICEÑO. Así se decide.