DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto, por ciudadano HUMBERTO DARRY PEREZ SUAREZ, Abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 87.888, en su carácter de defensor de los ciudadanos KENDY ROBERTO MIRANDA BLANCO, JUAN CARLOS DELGADO y JOWAR MONTERO CHACIN, con base a lo establecido en el artículo 447, ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión No 1145-03 dictada por el Juzgado Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 23 de julio de 2003, mediante la cual se decretara la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos KENDY ROBERTO MIRANDA BLANCO, JUAN CARLOS DELGADO y JOWAR MONTERO CHACIN, por aparecer incursos en la.....