Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, propuesta por los ciudadanos YAJAIRA CANDELARIA CASTILLO Y EDIXON ANTONIO CALDERA, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad números V-7.844.535 y V-7967.481, respectivamente, la primera, domiciliada en el Barrio Unión III, Sector Bello Monte, Calle San Antonio, Casa N° 09 , Parroquia German Ríos Linares en el Municipio Cabimas del Estado Zulia y el Segundo domiciliado, en el Barrio Federación, Avenida 44, Casa S/N, Parroquia German Ríos Linares en este Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por el Abogado en ejercicio JOSE LUIS MEDINA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.316.y en consecuencia, DISUELTO E.....