Se DECRETA la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos: 1. FRANKLIN DE JESUS PAREJO RIOS, Titular de la Cedula de identidad N° 22.464.931, 2. JEAN CARLOS FERNANDEZ, Titular de la Cedula de identidad N° 16.213.835, 3. OMAR JESUS ROJAS, Indocumentado, 4 JHONNY JOSE GONZALEZ, Titular de la Cedula de identidad N°5.061.678, 5. GEOVANY ENRIQUE FUENMAYOR, Indocumentado, 6 JONATHAN VILLALOBOS MARIN, indocumentado; de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 ordinales 3° referentes a la presentación cada 45 días por ante este despacho todos del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal. Se ordena Mantener la Privación Judicial preventiva de libertad decretada por el Juzgado 3 de control de Cabimas al ciudadano ADALBERTO ENRIQUE LIZARZABAL, Titular de la Cedula de identidad.....