1. CON LUGAR la demanda de Impugnación de reconocimiento de paternidad intentada por el ciudadano Jhon Rogelio Alvarado Arrieta, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. V-15.391.292, en contra de los ciudadanos Karen Esteffany Lafaurie Peñaranda y Juan Carlos Amesty Peña, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-21.371.252 y V-16.969.652, y del niño (identidad omitida, artículo 65 de la LOPNNA), de cuatro (4) años de edad, y por tanto, impugnado y desvirtuado el reconocimiento voluntario que hizo el ciudadano Juan Carlos Amesty Peña, antes identificado, con respecto al referido niño.
2. De conformidad con lo establecido en los artículos 3 ordinal 3º y 84 ordinal 2º de la Ley Orgánica de Registro Civil, una vez que quede definitivamente firme la sentencia se acordará oficiar al Registro Principal y al Registro Civil de la parroquia Libertad del municipio Machiques de Perijá del estado Zulia, para que procedan a colocar una n.....