Se declara:
CON LUGAR la demanda por EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE POLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES, intentada por el ciudadano ANIBAL CALIXTO DIAZ, contra la empresa Aseguradora COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL SEGUROS LA PREVISORA
SE HACE LA RESPECTIVA CONVERSIÓN de moneda extranjera, específicamente de Dólares de los Estados Unidos de América a moneda nacional conforme a la ley, es decir la cantidad de TRESCIENTOS MIL DOLARES ($300.000,oo), como cláusula de valor convenida, como monto indemnizable, a razón de DOS MIL CIENTO CINCUENTA BOLIVARES (Bs.2.150,oo) por unidad de Dólar de los Estados Unidos de América.
SE ORDENA a la parte demandada pagarle a la parte actora la cantidad de SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 645.000.000,oo), correspondiente al equivalente en moneda nacional a la cantidad establecida como cláusula de valor convenida, como monto indemnizable, según la conversión realizada en el item anterior.