DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
a.-) SIN LUGAR la demanda de QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO seguida por la ciudadana GRIMILDA VERA RODRIGUEZ, en contra de la ciudadana DANY DEL VALLE CHACON CHACIN, plenamente identificados en actas, y en consecuencia:
• SE REVOCA y se deja sin efecto, la medida de Amparo Provisional decretada por este Juzgado en fecha veinticinco (25) de noviembre de 2014, y ejecutada por el Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha seis (6) de febrero de 2015, sobre un inmueble constituido por una casa conocida con el número 17, sin el numero visible, constituido por un apartamento, con una extensión total.....