DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADA en derecho la TRANSACCIÓN celebrada entre el ciudadano ANIBAL MONTENEGRO DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 11.312.771, inpreabogado Nro. 74.657, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante BANCO DE VENEZUELA, S.A. BANCO UNIVERSAL, y la parte demandada Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA TERMINI, S.A. (COTERSA), representada por la abogada ERIKARELIS ALCALA CENTENO, inpreabogado Nro. 100.527; en razón a que existen en los firmantes facultades inequívocas que satisfacen los extremos. No hay imposición al pago de las costas, de conformidad con lo previsto en el artículo 277 eiusdem.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, Firmada y sellada e.....