Una vez esgrimidos las razones de hecho y de derechos en la presente causa y su procedencia, este Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los Acusados Ciudadanos AMALIO SEGUNDO RODRIGUEZ RICO, Venezolano, natural de El Venado, Estado Zulia, 45 años de edad, Titular de la Cédula de identidad 8.695.427, fecha de nacimiento 12/01/1963, profesión u oficio Obrero, hijo de Antonio Rodríguez y Edilia de Rodríguez, domiciliado en el Sector/Caserío La Pedrera, casa s/n, Callejón Cuy, El Venado, Estado Zulia, punto de referencia: Entrando por el Callejón Cuy la segunda casa a mano derecha, manifestó saber leer y escribir y a la Ciudadana CARMEN MARÍA UGARTE DE GUTIERREZ, Venezolana, natural de Cabimas Estado Zulia, 49 años de edad, Titular de la Cédula de identidad 7.743.135, fecha de nacimiento 16/01/1960, hijo de Benito Antonio Ugarte (D) Y Carmen Bas.....