IV
DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos esta Sala No. 3 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por la profesional del derecho MARLIN OSORIO MACHADO, Defensora Pública Tercera Ordinaria para la fase del proceso, adscrita a la Unidad de Defensa Pública del estado Zulia, con sede en la Villa del Rosario, en su carácter de defensora del ciudadano JAVIER JESÚS JIMÉNEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad No. V-26677781.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 1278-2016, dictada con ocasión a la audiencia de presentación de imputado efectuada en fecha 13 de octubre de 2016, emitida por el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Villa del Rosario de Perijá, mediante la cual decretó, PRIMERO: Calificó como flagrante la aprehe.....