Ahora bien, en relación a la aplicación retroactiva de la norma, indica la representación judicial de la parte actora, que la Ley Orgánica del Trabajo, salió publicada el 07 de mayo de 2012, y la sentencia definitivamente firme es de fecha anterior, además de ser de materia civil y no laboral, al respecto este Tribunal debe acotar, que ciertamente el principio de irretroactividad de la ley, señala que toda norma entra en vigencia una vez que sea publicada en la Gaceta Oficial, sin poder aplicar sus efectos a hechos que pasaron antes de su vigencia, salvo que favorezca al reo, empero, en el caso de autos, se aprecia que el Juzgado Ejecutor de Medidas, no aplicó retroactivamente la Ley en comento, dado que en las dos oportunidades que se le solicitó la ejecución de la medida de embargo ejecutivo decretada en actas, sobre las prestaciones sociales de la co demandada Mercedes Isabel Ríos, ya se encontraba en vigencia el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, las T.....