JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA. Maracaibo, veintiocho (28) de Noviembre de 2011. Años 201º y 152º.- Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana KELLY MARGARITA CAÑIZALEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 5.166.404 domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, debidamente asistida por el abogado en ejercicio HANS NOETSLI GALBAN, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 9.186, con la cual dio cumplimiento a lo requerido por este Órgano Jurisdiccional en auto de fecha veintiuno (21) de Noviembre de 2011, el Tribunal pasa a resolver el presente asunto. Vista la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, se admite cuanto ha lugar en derecho. Observa este Tribunal que la ciudadana KELLY MARGARITA CAÑZALEZ DE URDANETA, antes identificada, actuando en su propio nombre y representación, solici.....