en virtud del uso de la figura de admisión de los hechos por parte de los adolescentes, en cuanto a los Adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, la Sanción de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, y al Adolescente IDENTIDAD OMITIDA UN (01) AÑO DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 583, 620, 628 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente., por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA