OBLIGACION DE MANUTENCION: "Los padres voluntariamente acordaron la Obligación de Manutención por la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00) mensuales, a razón de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs. 600,00) quincenales, depositándolos en la cuenta de ahorro No,1750-433920060789501, del Banco Bicentenario, igualmente el padre se compromete a pasarle un Bono Escolar de Un Mil Bolívares (Bs. 1.000,00) y un Bono de Fin de Año de Un Mil Bolívares (Bs. 1.000,00). Asi miso cancelará el cincuenta por ciento (50%) de los gastos que se ocasionen por concepto de vestuario, medicinas, exámenes de laboratorio y gasto médicos que requiera sus hijos." REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR: " El padre buscará a sus hijos, en la residencia fijada por la madre, para compartir con ellos cuando así lo desee, siempre y cuando respete las hora de descanso, estudio, comida y entretenimiento de los niños, Con respecto a los fines de semana serán compartidos alternamente entre ambos progenitores, cuando l.....