PRIMERO: INOFICIOSO resolver la recusación interpuesta por la ciudadana MILAGROS COROMOTO HIGUERA DE CEDEÑO, titular de la cedula de identidad V-5.803.547, victima debidamente asistida por la Profesional del Derecho, NICDORIS DIAMELIS VILLALOBOS FUENMAYOR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 21.417; en contra de la Dra. ELIDE JOSEFINA ROMERO PARRA, en su condición de Jueza Superior de la Corte de Apelación Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal, con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia.SEGUNDO: CON LUGAR LA INHIBICIÓN SOBREVENIDA, planteada por la profesional del derecho Dra. ELIDE JOSEFINA ROMERO PARRA, en su condición de Jueza Superior de la Corte de Apelación Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal, con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, mediante el cual se inhibe del conocimiento d.....