Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación con funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA del presente asunto contentivo de Obligación de Manutención, intentado por la ciudadana MARYORI KATHERINE ZARATE ALTAMAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.947.700, en contra del ciudadano EDUARDO JOSE GOTOPO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.492.675, de conformidad con lo establecido en el artículo 472 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.-
SEGUNDO: Se ordena el archivo del presente asunto.