´PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto en fecha 13 de mayo de 2024, por el abogado GUSTAVO GERARDO PEREZ MARIN, venezolano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad N° 17.418.208, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 127.307, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil CELUISMA INTERNACIONAL, S.A., en contra del auto dictado en fecha 06 de mayo de 2024, que oyó en un solo efecto el recurso de apelación ejercido en contra del auto dictado en fecha 22 de abril de 2024 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, que declaró fenecido el lapso ultramarino de seis (6) meses para la evacuación de las cartas rogatorias libradas por auto dictado por el mencionado Tribunal en fecha 25-11-2022
SEGUNDO: SE ORDENA la remisión del presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y M.....