2. CON LUGAR la demanda de OBLIGACION DE MANUTENCION, incoada por la ROSA ESTHER VARGAS BARRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 19.178.096, domiciliada en el Barrio Integración Comunal, Calle Nº 124, Casa Nº 61B-219, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en contra del ciudadano NELSON ANTONIO LEAL RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.276.107, en beneficio de las niñas ROXANA CAROLINA Y LUZ DE LOS ANGELES LEAL VARGAS. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juez Titular Unipersonal N º 1, atendiendo al Salario Mínimo Nacional actual, y a las necesidades de los adolescentes autos; fija como obligación de manutención mensual la cantidad equivalente a medio (1/2) del salario mínimo, en base a la fijación que del mismo haga el Gobierno Nacional y que actualmente asciende a la cantidad de MIL SETECIENTOS OCHENTA BOLIVARES CON CUARENTA Y CINCO CENTIMOS (Bs. 1780,45),.....