Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE en razón de la cuantía para conocer de la demanda que por RESPONSABILIDAD Y PAGO INDEMNIZATORIO POR DAÑOS CORPORALES, EMERGENTES Y MORAL ocasionados por ACCIDENTE DE TRANSITO, intentada por los ciudadanos NEOMAR ALFONSO DE LA T. MOSQUERA RONDON y MARELYS CAROLINA GODOY PADRON, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V- 16.586.016 y 16.587.239, domiciliados en Bachaquero Estado Zulia, asistido por el abogado Alexis R. Devis Daza, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 21326, en contra del ciudadano HARRISON GREGORIO ARIAS MELENDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-14.365.068, con igual domicilio, y de la empresa SERVICIOS IND.....