DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta al imputado LUIS EDUARDO RÍOS MÉNDEZ, de nacionalidad Colombiana, Natural de Sincelejo Departamento Sucre, fecha de nacimiento 23-03-86, de 19 años de edad, soltero, de profesión u oficio Caletero, no porta Cedula de Identidad, Hijo de Alfredo Ríos y Mirtha Méndez, Residenciado en la calle 11, Sector Santa Fé, casa s/n, de color blanco, a dos cuadras después de la Panadería Santa Fé II, de esta ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal por el delito Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas previsto y sancionado en el articulo 34 de la de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito.....