Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ORDENA LA APREHENSIÓN, del ciudadano: HECTOR ENRIQUE PORTILLO MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, fecha de nacimiento 09-06-1985, estado civil casado, titular de la cédula de identidad No 17.415.818, de profesión Comerciante, hijo de SARA MARTINEZ Y DE HECTOR PORTILLO, residenciado en vía los Bucares, Barrio Bella Orquídea, al fondo de Isal concreto, casa de color azul, Maracaibo Estado Zulia; Por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la c.....