"esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega las medidas cautelares solicitadas por los Abogados Daniel Doti Orlando y Alicia Carolina Guilarte Rosas, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 73.416 y 29.475 respectivamente, actuando en nombre y representación de los niños, niñas y adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA), de siete (7) años, (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA),, de cuatro (4) años, (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA),, de cuatro (4) años, (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA),, de cuatro (4) años, (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN LA LOPNNA),, de dieciséis .....