En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LUIS OCTAVIO FIGUERA y ANDREINA DEL VALLE OLIVEROS RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 11.854.246 y 12.921.517 respectivamente, asistidos del abogado en ejercicio RAIMUNDO AGUILERA GÓMEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 39.172, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 09.08.1996 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 260, inserta al vuelto del folio 123, del Libr.....