En consecuencia, éste Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, impartiendo Justicia, vista la solicitud realizada, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DECLARA TERMINADO EL PROCESO, que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, intentara la ciudadana JULIANA BRUZUAL, en contra de la empresa ASOCIACION COOPERATIVA LOS CINCOS HERMANOS, identificados en autos, declarando Terminado el presente juicio dándole efectos de Cosa Juzgada, y ordena el archivo del presente expediente.-