REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS

Maturín, 28 de Enero de 2011

ASUNTO: NP11-L-2010-001765
PARTES DEMANDANTE: JULIANA BRUZUAL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.706.970, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: ABOG. MILAGROS NARVAEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 116.852
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA LOS CINCOS HERMANOS
APODERADO JUDICIAL DE LA DEMANDADA: NO COSTAN EN AUTOS
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

La presente causa se inicia con la interposición de una demanda en fecha 26 de Noviembre de 2010, por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos, presentada por la abogada MILAGROS NARVAEZ, en su condición de apoderada judicial Especial de la ciudadana JULIANA BRUZUAL, como Procuradora Especial de Trabajadores, antes identificados, en contra de la empresa ASOCIACION COOPERATIVA LOS CINCOS HERMANOS
La demanda fue recibida por este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, siendo admitida, mediante auto de fecha 02 de Diciembre de 2010. Realizados los trámites de notificación correspondientes., sin embargo, en fecha 26 de Enero de 2011, la ciudadana JULIANA BRUZUAL, asistida por la abogada MILAGROS NARVAEZ, antes identificados, consigna diligencia donde manifiesta: QUE POR MEDIO DE LA PRESENTE DESISTO DE LA DEMANDA INTERPUESTA ANTE ESTE TRIBUNAL. Es todo. En consecuencia, éste Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, impartiendo Justicia, vista la solicitud realizada, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DECLARA TERMINADO EL PROCESO, que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS, intentara la ciudadana JULIANA BRUZUAL, en contra de la empresa ASOCIACION COOPERATIVA LOS CINCOS HERMANOS, identificados en autos, declarando Terminado el presente juicio dándole efectos de Cosa Juzgada, y ordena el archivo del presente expediente.-
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los veintiocho (28) días del mes de Enero del año dos mil once (2011). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
El Juez

Abg. Ramón Velásquez. Secretario (a),

En esta misma fecha, se registró y publicó la anterior sentencia. Conste.
Secretario (a),