Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la Abogada NANCY ACOSTA, Defensora Pública Octava Penal Ordinario adscrita a la Unidad de la Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de Defensora del acusado EDWIN ENRIQUE SÁNCHEZ ROMERO, identificado en actas, en contra el auto dictado por el Tribunal Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 03 de Diciembre de 2007, SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 191 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ANULA el fallo impugnado, reponiéndose la causa al estado de agotarse el trámite previsto en la ley y la jurisprudencia, sobre la importancia de la Participación Ciudadana para la constit.....