En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano SABATINO DI FABIO DI FABIO, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta y titular de la cédula de identidad Nº V-9.421.634, contra el ciudadano EDGAR IVAN RONDON VILLALONGA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-3.551.569.
En consecuencia se acuerda el desalojo del inmueble arrendado constituido por un terreno y su bienechurías consistentes en un galpón techado y una casa, en el cual funciona un taller mecánico, ubicado en sector Cruz Grande de Porlamar, frente al Polideportivo de Porlamar y al lado de la Estación de Servicio "BP", jurisdicción del Municipio Mariño del Estado Nueva Esparta, y se condena al demandado ciudadano EDGAR IVAN RONDON VILLALONGA, antes identificado a hacer entrega inmediata del inmueble arrendado libre de personas y bienes. Igualmente s.....