Este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, MARBELI ELENA PEÑA ANDRADE y MARCOS EDUARDO FERRER ZAMBRANO, en fecha veintisiete (27) de Febrero de dos mil cuatro (2004), por ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Francisco Eugenio Bustamante del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia en el Acta de Matrimonio signada con el No. 21, folios 45 y 46, del año 2004, acompañada a los autos en copia certificada.-