DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA la transacción celebrada por los profesionales del derecho MANUEL EUGENIO DE LA TRINIDAD GOVEA LEININGER y JESÚS SOTO LUZARDO, inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 2.267 y 6.000, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandada plenamente identificada en actas; y el profesional del derecho CARLOS EDUARDO BURGOS GONZÁLEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 131.546, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, respectivamente, en el juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS.
SEGUNDO: Se abstiene de archivar este expediente hasta que co.....