PRIMERO: SIN LUGAR los recursos de apelación de autos interpuestos: el primero por el profesional del derecho EMIL BARROSO FERRER, Inpreabogado Nº 132.930, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano NELSON ATONIO DE MARÍA PORTILLO FINOL, titular de la cédula de identidad Nº V-25.241.731; y el segundo por el profesional del derecho JUAN ACEVEDO, Inpreabogado Nº 129.509, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana SOLANGEL MASSIEL RODRÍGUEZ ÁLVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-12.513.760.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión Nº 344-19 de fecha 14 de julio de 2019, dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. Se deja constancia que la presente decisión se realizó en atención a lo establecido en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal.