Este Juzgado Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en nombre de la República y por autoridad de la ley, es competente para conocer del presente proceso de nulidad incoado por COMERCIALIZADORA ICER DE VENEZUELA, S.A., en contra de la Providencia No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2010/0143 de fecha 4 de mayo de 2010 emanada del Gerente General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que declaro sin lugar el Recurso Jerárquico y, en consecuencia, se confirmó el Acta de Reconocimiento y la subsiguiente Acta de Comiso emanada de la aduana Principal de Puerto Cabello. Así se resuelve.