. TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 330 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, SE ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACION presentada por la Representación Fiscal en fecha 11de Abril de 2006, contra del ciudadano LEONEL RAFAEL NUÑEZ, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad No. V-4.331.44, de ocupación comerciante domiciliado en Conjunto Residencial Ciudad el Sol, Bloque D 05, apartamento 1C , del Municipio San Francisco Estado Zulia, por la comisión del delito de VIOLACION CONTINUADA Y AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 374, 375 Y 99 todos del Código Penal, en perjuicio de la niña ANGELICA MARIA NUÑEZ PARRAGA de 04 años de edad, por contener LOS REQUISITOS "establecidos el artículo 326 del Código Orgánico Procesal.....