PRIMERO: DECLARA que en la presenta causa, ha operado de hecho y de derecho LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA prevista en el artículo 182 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en el presente RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD CON SOLICITUD DE AMPARO CAUTELAR, contra el acto administrativo de efectos particulares dictado por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS, en reunión Nº 169-08, de fecha cinco (05) de marzo de 2008, en el cual se acordó: "DECLARATORIA DE GARANTÍA DE PERMANENCIA", a favor de los ciudadanos LUIS EVANGELISTA RINCÓN DÍAZ titular de la cédula de identidad Nº 9.351.735; JORGE TIRSO MATHEUS titular de la cédula de identidad Nº 21.227.028; ANAFIRIA LAZARO titular de la cédula de identidad Nº 21.227.028; LEXI MARIA MENDOZA JAIME titular de la cédula de identidad Nº 14.375.574; MANUEL FRANCISCO MONTEROSA GONZÁLEZ titular de la cédula de identidad Nº 25.462.327; LARRY ENRIQUE TOVAR MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº 19.138.736; JHONNYS FAUST.....