PARTE DISPOSITIVA
DECISIÓN
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Sala de Juicio - Jueza Unipersonal Nº 2, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
a) NEGADA, la solicitud de declinatoria de competencia por la materia, realizada por la representante del Ministerio Público, mediante diligencia de fecha once (11) de Mayo de dos mil nueve (2009).
b) CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos LINO GUILLERMO CHACIN ARAUJO Y MARYA YURAIMA AMAYA VILCHEZ. ASÍ SE DECIDE, ya identificados.
c) DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que contrajeron ante el Prefecto Civil y Secretario, respectivamente, del Municipio San Rafael del Distrito Mara (hoy, Parroquia San Rafael del Municipio Mara) del Estado Zulia, en fecha seis (06) de Mayo de mil novecientos oc.....