Por los fundamentos de hecho y de Derecho este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA al acusado quien dijo ser y llamarse YEN ENRIQUE VICIERRA GONZALEZ Venezolano, Natural de Maracaibo, 29 años de edad, fecha de nacimiento 02 de Abril de 1976, profesión u oficio comerciante, casado, hijo de JOSE RAMON VICIERRA GOMEZ y de YOLANDA GONZALEZ, residenciado en la Cañada de Urdaneta, Sector el Sabilar, calle No 3, a 150 metros aproximadamente del Abasto Adán Boscan del Estado Zulia, a cumplir la pena de TRES (3) ANOS, SEIS (6) MESES, VEINTIUN (21) DIAS Y OCHO (8) HORAS de prisión mas las accesorias de ley, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO DE ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio.....