Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 de la novísima reforma del Código Orgánico Procesal Penal este Juzgado Segundo de Ejecución pasa a computar el tiempo de detención que el penado LEONARDO FABIO ARANGO RODRIGUEZ, lleva detenido, asimismo se evidencia de las actas que el penado fue detenido en fecha 27-09-2002, hasta el día de hoy 27-03-2007, fecha en la cual se practica el presente cómputo, lleva detenido sin redención CUATRO (04) AÑOS, SEIS (06) MESES Y TREINTA (30) DÍAS. Ahora bien del acta de redención elaborada por la Junta Rehabilitadora de la Cárcel Nacional de Maracaibo, se observa que al mismo le redimieron en fecha 21-02-07, UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES y DOCE (12) HORAS, que sumados al tiempo detenido con el tiempo de Redención hacen un total de CINCO (05) AÑOS, DOCE (12) MESES Y TREINTA (30) DIAS, faltándole por cumplir DOS (02) AÑOS y OCHO (08) MESES. Así mismo cumple la pena principal el día 27-12-2018. Cumplió una cuarta (1/4) de la pena impu.....