En consecuencia, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
Medida Preventiva de Embargo sobre el TREINTA POR CIENTO (30%) sobre: Sueldo o Salario, Horas Extraordinarias, Utilidades y Bono Vacacional para el presente año 2007, que devenga el demandado ANTONIO RAMON OLIVEROS MELENDEZ, antes identificado, como trabajador al servicio de la Empresa EHCOPEK, S.A., las cantidades de dinero embargadas sobre el Sueldo o Salario deberán ser entregadas mensual y directamente a la Demandante, y las cantidades de dinero embargadas sobre las Horas Extraordinarias, Utilidades y Bono Vacacional para el presente año 2007, deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a la orden de este Tribunal; de conformidad con los artículos 137 y 139 del Código Civil, en concor.....