PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTOS presentado en fecha 03.02.2025 por los profesionales del derecho Zoila Esperanza Medina y Carlos José Ollarves, debidamente inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 114.178 y 204.919, respectivamente, actuando con el carácter de defensa privada del imputado Diomar Alberto Leal González, titular de la cédula de identidad No. 15.287.318, dirigido a impugnar la decisión No. 173-2025 dictada en fecha 27.01.2025 por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Cabimas, únicamente en cuanto a la primera denuncia -según fueron enumeradas en el cuerpo de la presente decisión-, concerniente a la declaratoria sin lugar de la solicitud de nulidad planteada por la defensa técnica en la audiencia preliminar, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 439, ordinal 5°y 7° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.-
SEGUNDO: INADMISIBLE POR.....