DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Juzgado Nº 12 en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, a los fines de legalizar la detención del imputado en autos realizada al amparo del artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, DECLARA PROCEDENTE la petición de la Fiscalía, DECRETA:
PRIMERO: con lugar la Aprehensión en Flagrancia contra los ciudadanos Venancio Gregorio Álvarez Rojas, titular de la cédula de identidad Nº V-18.951.181 y Zoraida Del Carmen Rosendo Álvarez, titular de la cédula de identidad Nº V-18.951.932, por la presunta comisión del delito de EXTORSIÓN, previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley contra el Secuestro y la Extorsión (Precalificación fiscal).
SEGUNDO: Se acuerda la prosecución de la causa por la vía del Procedimiento Ordinario.
TERCERO: Se impone Medida Judicial Preventiva de P.....