en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 600 del Código de Procedimiento Civil y a tenor de lo solicitado por la parte actora decreta MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre: el 37,5% de los derechos que le pudieran corresponder a la ciudadana Farial Taoufic Jamal Eddine viuda de El Kadi, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.426.142, como propietaria de: A) un (01) inmueble tipo apartamento situado en el sexto piso del edificio Don Rafael y Doña teresita, ubicado en la avenida 16 esquina calle 84, en jurisdicción de la Parroquia Chiquinquirá del Municipio Maracaibo del estado Zulia, signado con el número 6B, con un área aproximada de ciento setenta metros cuadrados (170 Mts) y consta de: terraza, sala-comedor, 01 dormitorio principal con su baño y vestier incorporado, 02 dormitorios principales adicionales, 01 sala sanitaria adicional, cocina, lavadero y dormitorio y sala sanitaria para servicio. Igualmente le corres.....